Cielo Rusinque, superintendencia de Industria y Colombia.
Cielo Rusinque, superintendencia de Industria y Colombia.
Foto
SIC

Share:

Después de 16 días, Cielo Rusinque vuelve a la Superintendencia de Industria y Comercio

Rusinque dejó su cargo el 19 de marzo por la declaración de nulidad del Consejo de Estado.

La salida de Cielo Rusinque de la Superintendencia de Industria y Comercio solo duró 16 días.

Después de que el Consejo de Estado declarara nula su designación, el Gobierno de Gustavo Petro expidió el decreto 0361 de 2026, con el que nombró a Rusinque superintendente nuevamente. 

De esta manera también finalizó el encargo de Diego Andrés Solano Osorio en el cargo.

Nuestras noticias en tu mano: únete a nuestro canal de WhatsApp y mantente informado de todo lo que sucede.

El Consejo de Estado había tomado la decisión por concluir que no se acreditaron los requisitos legales exigidos para ejercer el cargo.

La Sala precisó que aunque se trata de un empleo de libre nombramiento y remoción, esto no exime del cumplimiento estricto de las calidades previstas en la ley, en particular las establecidas en el artículo 2.2.34.1.2 del Decreto 1083 de 2015. 

Al analizar el proceso, la Sección Quinta determinó que la designada no cumplía con el requisito de formación académica, que exige contar con un título de posgrado en áreas afines a las funciones del cargo. 

En este punto, la Sala advirtió que uno de los títulos aportados correspondía a un “título propio” obtenido en el exterior, cuya equivalencia en el sistema colombiano no permitía establecer, con certeza, que correspondiera al nivel de maestría requerido.

Te puede interesar: "Ese hombre que tú amabas acabó con tu vida": prima de Evelina Ortiz Mendoza

Asimismo, concluyó que el máster en Ciencia Política obtenido en Francia no tenía afinidad específica con las funciones técnicas de la Superintendencia de Industria y Comercio, relacionadas con temas como competencia, protección al consumidor, propiedad industrial o protección de datos. 

De igual manera, el Consejo de Estado concluyó que no se acreditó de forma suficiente la experiencia profesional exigida. Aunque la norma establece un mínimo de 10 años de experiencia relacionada, en este caso solo se lograron demostrar 8 años y 6 meses.